Antes de iniciar con el trámite, por favor tenga en cuenta las siguientes consideraciones:
Si la búsqueda no arroja resultados en RETHUS, el profesional no se encuentra autorizado para el ejercicio del área de la salud, de conformidad con el Artículo 23 de la Ley 1164 de 2007, por lo tanto el certificado no será expedido. (No aplica para estudios en Estados Unidos de América).
El presente Trámite:
- Certifica la autorización del ejercicio de la profesión en salud, de quienes adelantan procesos de legalización y/o apostille ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, para estudio o trabajo en el exterior. Requerida por persona con formación académica en el área de la salud (posgraduado, profesional, tecnólogo, técnico profesional o auxiliar de salud).
- Certifica la autorización del ejercicio de la profesión en salud, de profesionales que expiden documentos de salud, tales como: certificados médicos, historias clínicas, certificados de vacunas, etc.; y que requieren legalización o apostille ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, requerida por usuario de servicios de salud.
Lo que debe saber:
Del trámite:
- El trámite es gratuito y no requiere de intermediarios.
- El tiempo estimado del trámite es de 15 días hábiles.
De los documentos que deben adjuntarse con el objeto de estudio o trabajo en el exterior:
- En caso de requerir certificación para adelantar estudios en el exterior, el solicitante deberá adjuntar certificación expedida por la institución de educación correspondiente, en donde conste que la persona fue aceptada para cursar el programa de formación (Para cuando se requiera adelantar estudios en Venezuela puede adjuntar carta de postulación con la información correspondiente).
- En caso de requerir dicha solicitud para adelantar estudios en una institución educativa de los Estados Unidos de América, el solicitante deberá adjuntar, además de lo señalado en el numeral anterior, una carta firmada por el profesional, donde manifieste su compromiso de retornar al país, luego de terminar sus estudios.
- Los documentos deben ser legibles, estar en formato ".PDF" y su tamaño no puede exceder los 4MB.
- La información diligenciada en el formulario dispuesto en la página web, así como sus documentos soporte, son responsabilidad única del aspirante. Si existen inconsistencias entre la información diligenciada y los soportes, la solicitud será anulada y el trámite se dará por terminado.
- Si en el proceso de validación documental, se evidencia falsedad en la información suministrada por el solicitante, se aplicará lo dispuesto en la Ley 599 de 2000 y demás disposiciones legales vigentes.
De los documentos que deben adjuntarse con el objeto de certificar el profesional que expide documentos de salud:
- Certificado firmado por el profesional de la salud.
Si se presentan inquietudes relacionadas con el trámite, por favor comuníquese a la línea fija 3305000 (extensión 8020) en la ciudad de Bogotá, que estará disponible de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., o bien, a través del correo electrónico certificacionesths@minsalud.gov.co